viernes, 25 de marzo de 2022

Las Comisiones Investigadores en el Congreso Peruano

Juan Francisco Arana Chalco
Las Comisiones investigadoras, tienen como concepto y lo debo señalar que es un cuerpo legislativo conformado por un grupo de congresistas, que reciben el mandato del máximo órgano deliberativo del Congreso de la República, que es el Pleno del Congreso, por el cual a través de dicho mandato sustentado en una votación, hace nacer a partir de un documento parlamentario debidamente aprobado de suma importancia denominado moción de orden del día. La moción de Orden es un documento parlamentario suscrito por un congresista o grupos de congresistas que comprende en su parte considerativa los fundamentos filosóficos, jurídicos y/o sociales que motivan la parte dispositiva que comprende el acuerdo de constitución de la comisión investigadora, el ámbito de investigación que pretende realizar y el plazo de la investigación. A partir de la aprobación de Moción de Orden, por el Pleno del Congreso, se produce el nacimiento jurídico de la Comisión Investigadora. El proceso de implementación de la Comisión Investigadora, va desde la ejecución de sus acuerdos, la instalación, la elección de la Presidencia de la Comisión Investigadora y los miembros de la directiva de la comisión Para que las sesiones de la comisión investigadora puedan celebrar sesión pública o pasar de sesión reservada en desarrollo a sesión pública se requiere acuerdo adoptado con el voto de la mayoría del numero legal de sus integrantes, previa solicitud de dos congresistas. El levantamiento de la reserva de las comunicaciones, proceden en los siguientes casos: 1. La materia de indagación no incluyen aspectos que afecten la intimidad, dignidad o honra de los sujetos pasivos de las investigación o sus familias. 2. La materia de indagación no incluyen aspectos que afecten el derecho a la reserva tributaria, secretaria ni el secreto a las comunicaciones de los investigados. 3. La materia de indagación no incluyen asuntos vinculados a la seguridad nacional. sus familias. Sin embargo, a través de la denominada practica parlamentaria, el Presidente al iniciar la sesión pone a conocimiento de los miembros congresistas de la comisión investigadora, que los temas a tratar en la orden del día son de interés pública, no afectan la intimidad, reserva tributaria y no incluyen asuntos vinculados a la seguridad nacional por lo cual, al ser un asunto de interés público, a efectos de que se desarrolle la sesión ordinaria y/o extraordinaria de forma pública.

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