Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Empresarial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Empresarial. Mostrar todas las entradas
viernes, 7 de febrero de 2025
viernes, 4 de septiembre de 2015
El Derecho de los terceros frente a la ejecución de un laudo arbitral
Juan Arana
El arbitraje es un medio
alternativo de solución de conflictos, cuyo eje central es la voluntad de las
partes, que le otorgan a un árbitro exclusivo para dar solución a la
controversia, siendo el laudo arbitral la resolución final tiene calidad
jurídica de cosa juzgada, la misma que es susceptible de ejecución.
La ejecución del laudo arbitral
puede afectar a terceros y no únicamente a las partes, como resultado de un
proceso en jurisdicción arbitral, el arbitraje ha sido desarrollado en el
Decreto Legislativo N.º1071 Decreto Legislativo que norma el arbitraje (LGA),
cabe mencionar que el arbitraje está reconocido en nuestra Constitución
Política del Perú como un fuero independiente al fuero judicial, en virtud al
artículo 139º, asimismo está reconocido en la misma condición como un marco de jurisdicción
para resolver las controversias derivadas de los contratos.
La ejecución de un laudo
arbitral le otorgo competencia al árbitro o el presidente del Tribunal arbitral
de acudir ante un juez ejecutor para que instituya el laudo que tiene mérito
ejecutivo y si pueden afectar a terceros, entendiéndose como tercero aquel que
no participa en el proceso arbitral. Suceden casos en los que un terceros ocupa
un bien materia de un proceso arbitral y no sabe hasta la ejecución del laudo, cuando
el tercero se opusiera a la ejecución del laudo arbitral, acreditando incluso que se encontraba en
posesión del bien… con anterioridad al proceso arbitral es amparable la
oposición y ello se encuentra determinado en el pleno jurisdiccional en materia
comercial de mayo de 2010[1].
Por ello el tercero tiene la
vía expedita de oponerse a la ejecución del laudo en procura de una
inejecutabilidad del mismo.
Hay que comprender que la cláusula
arbitral comprende un negocio jurídico complejo que afecta a las partes, es
posible que una de las partes solicite ser incorporada como un tercero, o sea el tercero solicite ser considerado
Litisconsorte pasivo, sea que lo logre o no y posteriormente sea incorporado en
el proceso arbitral igualmente tiene una incidencia, ya que será comprendido en
el laudo y por tanto no procedería con éxito la oposición porque finalmente el
laudo arbitral no puede ser revisado en su contenido en sede judicial.
En ese sentido la ejecución
también le afecta a los que se incorporan al proceso arbitral y que cuestionan
la composición del tribunal, en razón que es derecho de las partes designar a
los árbitros y entendiendo que ha tenido la oportunidad de solicitar su
recomposición como así lo señala la LGA.
La notificación del mandato
de ejecución del laudo arbitral es importante, en razón que debe consagrarse el
derecho de los afectados a oponerse., cuando no hubieren participado en el
proceso arbitral.
Cada caso es especial por
las particularidades que la componen, la incorporación y la contradicción en el
proceso arbitral se pueden adecuarse en la oposición, por lo cual es posible su
solicitud, la misma que será valorado conforme al procedimiento de la oposición
de la LGA.
(*) Abogado especialista en arbitraje
[1]Ver
url https://scc.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/ce1ea98045952d269205d67db27bf086/12.PDF?MOD=AJPERES&CACHEID=ce1ea98045952d269205d67db27bf086. Fecha de acceso 03 de setiembre de 2015.
martes, 16 de septiembre de 2014
Adquirir acciones en la Bolsa de Valores de Lima
La modernidad
nos aproximan a concepto asociados al mercado, como es la existencia de un
mercado de acciones, es decir compra venta, transferencia de valores
mobiliarios, legalmente conceptualizado por la legislación en mercado de
valores, legislación que define los principios y aspectos generales del mercado
donde se desarrolla el tráfico comercial de acciones, siendo la bolsa de
valores, en el caso del Perú la Bolsa de Valores de Lima.
Cuando
hablamos de acciones empresariales hablamos que existen derechos asociados al
tipo de acción que se adquiere y cuando hablamos de adquisición, tenemos que
considerar que la modernidad ha permitido también a las empresas de procurarse
financiamiento directo, uno de ellos es el caso de la emisión de acciones.
El nuevo
perfil de la empresa hasta hace algunos años se circunscribió al ámbito de la
formación de sociedad anónimas cerradas, la apertura de los mercados han
variado sustancialmente ello, ha posibilitado que empresas suscriban valores
mobiliarios (acciones, bonos, instrumentos de deuda), así como el accionariado
se masifique, es decir puede ser de acceso de cualquier persona.
Hace algunos
años el estado peruano posibilito el acceso del inversionista minoritario a
través de mecanismos, como participación ciudadana y promoción del mercado de
valores.
La afluencia
de pequeños inversionistas se puede visualizar a través de este cuadro:
Numero de
inversionistas individuales
Proceso de
participación ciudadana
Empresa
|
Numero de
accionistas
|
Cemento Norte Pacasmayo
|
18,319
|
Telefónica del Perú
|
262,018
|
Luz del Sur
|
149,354
|
Banco Continental
|
44,279
|
Total
|
473,970
|
FUENTE:
COPRI
¿Cómo es el procedimiento para adquirir acciones en el
mercado de valores peruano?
Cuando uno accede al mercado de valores, pues como
todos sabemos acudimos a una Sociedad Agente de Bolsa, (SAB) quienes ejercen lo
que legalmente su función de corredores de acciones a través del denominado
contrato de comisión mercantil sin representación, es así que a la SAB tan solo se interesa por
la ejecución de la compra o venta debido a que percibe una comisión por la
misma, y el inversionista ¿cómo queda?
Pues el operador o bróker o también llamado
comisionista soló procesa las instrucciones del inversionista, se constituye en
un asesor de la formalidad. Más no desarrolla un análisis de la cartera de las acciones.
Es así que muchos veces el inversionista
novel acude al mercado de valores sin saber en qué terreno ingresa. Es por eso
importante entender cómo funciona el mercado de valores, por ello la firma Soslegal Abogados, desarrolla un
producto denominado ANALISIS LEGAL DE INVERSION, que surge como una respuesta a
la necesidad de contar con asesoría legal a fin de tomar la mejor decisión y
apreciar válidamente las garantías que se encuentra detrás de esa acción.
martes, 26 de octubre de 2010
Curso de Derecho Empresarial II
Curso de Derecho Empresarial II. Universidad Las Americas.
Carpeta del Curso de Derecho Empresarial
la misma que contiene:
Sesion N.° 1 ( Primera Semana)
Sesion N.° 2 ( Segunda Semana)
Sesion N.º 3 (Tercera Semana)
Sesion N.º 4 ( Cuarta Semana)
Sesion N.º 5 (Quinta Semana)
Sesion N.° 6 (Sexta Semana)
Silabus
Conformacion de Grupos ( Exposiciones) y Programación todo el ciclo académico.
1ra Lectura
2da Lectura
Carpeta del Curso de Derecho Empresarial
la misma que contiene:
Sesion N.° 1 ( Primera Semana)
Sesion N.° 2 ( Segunda Semana)
Sesion N.º 3 (Tercera Semana)
Sesion N.º 4 ( Cuarta Semana)
Sesion N.º 5 (Quinta Semana)
Sesion N.° 6 (Sexta Semana)
Silabus
Conformacion de Grupos ( Exposiciones) y Programación todo el ciclo académico.
1ra Lectura
2da Lectura
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
-
Curso de Derecho Empresarial II. Universidad Las Americas. Carpeta del Curso de Derecho Empresarial la misma que contiene: Sesion N.°...
-
Juan Francisco Arana Socio Fundador SOSLEGAL Abogados I. INTRODUCCION El siguiente documento ha sido elaborado teniendo en cuenta los p...
-
Juan Francisco Arana Chalco. Socio Director Soslegal Abogado s El sector inmobiliario en el Perú, es intenso, se ha incrementado de tal m...